¿Mi jefe debe pagar la guardería de mi hijo?

Pregunta completa: ¿Le corresponde a mi jefe pagar por la guardería de mi hijo si solo tiene 3 empleados?
Respuesta:
niños

La guardería en la LOTT 

Efectivamente la obligación de pagar la guardería existe en el artículo 343 y siguientes de la Ley Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTT). Pero esta obligación nace cuando la empresa tiene más de 20 trabajadoras o trabajadores.

Número de empleados 

Debido a que en la empresa donde laboras tienen tan solo 3 empleados, a tu jefe no le corresponde tener que pagarle la guardería a tu hijo.

El artículo en cuestión dice así:

El patrono o la patrona, que ocupe a más de veinte trabajadores y trabajadoras, deberá mantener un centro de educación inicial que cuente con una sala de lactancia, donde se garantice la atención y formación adecuada a los hijos e hijas de los trabajadores y las trabajadoras desde los tres meses hasta la edad de seis años.

Dicho centro de educación inicial contará con el personal idóneo y especializado y será supervisado por los ministerios del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social, y en educación.

En la reglamentación de esta Ley o por Resoluciones especiales, se determinarán las condiciones mínimas para su funcionamiento.

Recomendación

Desde este espacio te recomendamos que converses de forma cordial con tu jefe, sobre la posibilidad de ayudarte a pagar por la guardería de tu hijo. Es posible que te ayude parcialmente como beneficio adicional por tu trabajo.

hijo

Un abrazo de mamá a mamá.

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